1 de abril de 2022
ACCIONES COAGRANADA EN DEFENSA DE LAS ATRIBUCIONES PROFESIONALES DE LOS ARQUITECTOS Y CONTRA EL INTRUSISMO PROFESIONAL
Desde 2019 el COAGranada ha sido objeto de reclamación y denuncia por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Industriales de Málaga (COPITIMálaga), ante la Agencia de la Competencia y Regulación Económica de Andalucía (ACREA) y ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM) y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por su oposición al visado de sendos proyectos de ejecución de viviendas conteniendo, en ambos casos, el preceptivo Estudio de Seguridad y Salud redactado por Perito Industrial y visado por el COPITIMálaga. Dicha oposición fue fundamentada por el COAGranada al considerar que el técnico redactor del ESyS (Perito Industrial) no ostentaba competencia para tal fin, recayendo ésta, en cumplimiento de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) en los Arquitectos y en los Aparejadores o Arquitectos Técnicos. Igualmente carecía de competencia el COPITIMálaga para el visado de los referidos Estudios de Seguridad y Salud.
Según los organismos citados el COAGranada, con su negativa a admitir un ESyS redactado por Perito o Ingeniero Técnico Industrial, ejercía prácticas restrictivas a la libre actividad profesional y de acceso a la actividad económica según el artículo 5 de la Ley General para la Unidad de Mercado (LGUM).
En los dos años y medio que han durado los trámites en los mencionados organismos reguladores, ante las denuncias efectuadas por el COPITIMálaga y otros, el COAGranada se ha mantenido firme en su postura en la plena convicción de estar justificada conforme a Ley, y ello pese a los antecedentes obrantes en esta materia en cuanto a sanciones y reconvenciones que han afectado a otros Colegios, e incluso al Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) que fue objeto de un expediente sancionador instruido por la entonces Comisión Nacional de la Competencia (CNC) y que finalizó por terminación convencional (https://www.cnmc.es/expedientes/s000207) , por difundir recomendaciones a los Colegios de Arquitectos en cuanto a la reserva de actividad para los Arquitectos y Arquitectos Técnicos en relación a la Seguridad y Salud en los proyectos y obras de edificación, según lo establecido en la LOE.
Finalmente, ante la doctrina Jurisprudencial dictada por el Tribunas Supremo, de la que se ha dado cumplida información en la anterior circular, la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado ha puesto fin al último procedimiento abierto al COAGranada incorporando el informe emitido al respecto por la CNMC.