NORMATIVA DE DESARROLLO APROBADA EN JUNTA DE GOBIERNO DE 29 DE DICIEMBRE DE 2020
CUOTA COLEGIAL
La cuota colegial es de 400 € / año.
El sistema de cobro de la cuota fija colegial, se hará fraccionando su importe por trimestres.
ARQUITECTOS FUNCIONARIOS
Para la reducción de la cuota colegial a Arquitectos funcionarios o personal laboral fijo con especial dedicación al servicio de las Administraciones Públicas, Entes y Empresas Públicas, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- El Colegiado que desea acogerse a la bonificación en el 50% del importe anual de la cuota colegial deberá solicitarlo expresamente a la Junta de Gobierno, acompañando certificación administrativa, expedida por quien corresponda en el centro en el que desempeñe sus funciones, acreditativa de que se halla en régimen de especial dedicación y, por tanto, incompatibilizado para el ejercicio libre de la profesión de Arquitecto.
- Deberá presentar una declaración responsable de que no realiza actividades profesionales como Arquitecto en el ámbito privado y que se obliga, en el supuesto de que las realizare en el futuro, a poner dicha circunstancia en conocimiento del Colegio, aceptando, desde ese momento, el importe que esté vigente para las cuotas colegiales.
SOCIEDADES
La cuota colegial de las sociedades profesionales es de 400 €/ año del porcentaje de capital social de los no colegiados en el Colegio Oficial de Arquitectos de Granada.
El registro de la sociedad conlleva un coste de 300€.
PRECIOS DEL VISADO
El cálculo del precio del visado se realiza a través de la siguiente web
DOCUMENTOS PRESENTADOS EN PAPEL
Los documentos presentados en papel tendrán el coste añadido de digitalización, según tarifas del anexo 1 Los documentos, una vez visados, estarán disponibles para su descarga en la web colegial.
COSTES DE REFERENCIA
La información a título informativo / histórico.
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INDICE DE ACTUALIZACIÓN
Índice de Actualización queda fijado
COSTES SERVICIOS COLEGIALES OPTATIVOS
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